Por un lado, la violación del Art. 21 de la Ley del Consejo de Participación, que prohíbe, que sus integrantes sean miembros de algún culto religioso, ubica al Presidente del CPCCS como un vulgar mentiroso que falseó la verdad para participar como candidato.
La parroquia de Santa Catalina ha emitido una certificación, en la que, asegura que Tuárez tenía únicamente, prohibición de celebrar misa, por lo que, su condición de sacerdote la mantiene hasta que El Vaticano disponga lo contrario.
Por otro lado, la conformación de una Comisión para que se encargue de revisar el procedimiento que, el Consejo Transitorio siguió para la designación de los miembros de la Corte Constitucional, lo ubica en la figura del desacato.